16jun2016-Circular num 10-Certificado penales

Obligatoriedad del certificado de penales para técnicos y auxiliares

Fútbol 11 - Fútbol 8 17 Jun 2016
Justicia Deportiva 0

La Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas, siguiendo instrucciones explicitas de la RFEF, ha publicado en la jornada de hoy (16 de junio de 2016), la circular número 10 de la presente temporada. En la misma se informa de la obligatoriedad de presentar un certificado negativo del Registro de Delincuentes Sexuales, también conocido como Certificado de Penales, antes de proceder a la tramitación de cualquier tipo de licencia federativa por parte de técnicos y auxiliares.

El contenido integro de la mencionada circular es el siguiente:

Durante las reuniones pre-pleno celebradas el pasado mes de mayo, esta Secretaría General informó a los clubes respecto de la obligación que tenía y tiene toda aquella persona que pretendiera trabajar o colaborar en entidades que precisen de un contacto habitual con menores, de aportar certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, y más en concreto que el certificado debía entregarse al propio club de fútbol, sin que éste último tuviera obligación de entregarlo luego a la Federación. No obstante, debido a la relación de subordinación existente entre esta Federación y la Real Federación Española de Fútbol, nos vemos en la necesidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la circular de la RFEF nº 59 de fecha 8 de junio de 2016, en la que establece que las Federaciones Autonómicas deberán “exigir la precitada certificación actualizada como requisito previo para la expedición de la licencia federativa”.

Así pues, tal medida afectará por igual al trámite presencial (licencias nacionales) y online mediante el gestor CFútbol (licencias territoriales), de los técnicos y auxiliares que pretendieren obtener licencia para la próxima temporada, de manera que el trámite de aquellas, quedará condicionado a que previamente se entregue en la Federación o en sus Delegaciones Insulares de Lanzarote o Fuerteventura, la correspondiente certificación.

Trámite presencial de licencias (categorías nacionales)
Solo después de comprobarse la autenticidad y validez del certificado, se procederá al trámite de las licencias.

Trámite por el gestor CFútbol (categorías territoriales)
Solo después de comprobarse la autenticidad y validez de los certificados, se procederá a habilitar en el sistema a las personas en cuestión, ello al objeto de que el club pueda acceder al gestor y tramitar las licencias.

La medida afectará, con carácter enunciativo, pero no limitativo, a las licencias “E”, “E2”, “EP”, “ES”, “ES2”, “D”, “M”, “PF”, ATS/FTP”, “AY”, “EM”, “DS”, “MS”, “PFFS”, “ATSS”, “EMS”, “SM”, “MI”, “MIS”.

En el caso específico de las licencias “E”, “E2”, “EP”, “ES”, “ES2”, “PF”, “PFFS”, “MI”, “MIS”, el Comité de Entrenadores de Fútbol estará igualmente facultado para recoger los certificados y habilitar a los interesados en el trámite de las licencias por el gestor CFútbol (categorías territoriales). En el caso del trámite presencial (categorías nacionales) los interesados habrán de entregar el certificado en la sede de la Federación o en las de las Delegaciones Insulares de Lanzarote o Fuerteventura.

No será necesario que los interesados presenten directamente el certificado, aunque obviamente también se admitirá, luego los clubes podrán presentarlo de forma individual o masiva.