Capítulo I: De la temporada oficial
Artículo 112. 1. La temporada oficial se iniciará el día 1 de Julio de cada año y concluirá el 30 de Junio de siguiente.
2. La Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva de la Federación Canaria de Fútbol, acordará las fechas de inicio y finalización de los campeonatos y competiciones oficiales para la temporada que se trate. Igual procedimiento emplearán las Federaciones Interinsulares, en el ámbito de sus competencias.
3. En caso de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, la Junta de Gobierno de la Federación Canaria de Fútbol, así como las de las Federaciones Interinsulares respectivas, podrán suspender total o parcialmente las competiciones que organicen, o acordar modificaciones en las mismas, dando cuenta a la Asamblea General en su siguiente reunión.